Normalización de la viviendas irregulares en el futuro Planeamiento General de Marbella.
24 noviembre 2020INCORPORACIÓN DE LAS EDIFICACIONES IRREGULARES AL FUTURO PLANEAMIENTO GENERAL DE MARBELLA, EN FUNCIÓN DE SU ADECUACIÓN Y COMPATIBILIDAD CON EL MODELO DE CIUDAD.
El nuevo planeamiento deberá justificar y motivar la incorporación de las edificaciones irregulares, en función de la adecuación y compatibilidad o no de cada edificación irregular con la ordenación urbanística y el modelo de ciudad, que se definirán en el futuro planeamiento general.
Como se afirma en la Memoria del Avance, en la redacción del futuro planeamiento general de Marbella, se deberá tomar como punto de partida la realidad urbanística existente en el municipio y no el planeamiento preexistente de 1986, poniendo de manifiesto la voluntad de afrontar la problemática derivada de las edificaciones construidas, en contra de las determinaciones del PGOU de 1986.
Debemos partir de los presupuestos básicos ya mencionados, de una parte, el objetivo principal del planeamiento es la ordenación urbanística y el establecimiento del modelo de ciudad para el futuro, de otra parte, se deberá proceder a la incorporación de las edificaciones irregulares, de forma motivada y justificada, por supuesto, respetando la competencia que corresponde a los Tribunales que hayan dictado sentencia declarando la nulidad de las licencias, que sirvieron de base para la construcción de edificaciones en contra de las determinaciones del PGOU de 1986.
INTERÉS GENERAL Y SEGURIDAD JURÍDICA.-
Todo planeamiento general trata de mejorar lo que hereda y salvar las insuficiencias derivadas de la ejecución de un planeamiento anterior, y no por ello deja de ser un plan “nuevo”. Queremos decir que el hecho de que el motivo de la “orientación al pasado” del PGOU marbellí sea la ilegalidad de buena parte de lo construido en los años precedentes no deslegitima el objetivo del nuevo planeamiento, en tanto en cuanto el propósito regularizador responde a las necesidades actuales del municipio.
En definitiva, ese propósito viene demandado por el interés general.
Así las cosas, una innovación de planeamiento que prevea la legalización de actuaciones irregulares deberá realizar un esfuerzo especial por justificar que la misma responde a criterios de racionalidad y prosecución del interés público urbanístico, debiendo incorporar una real y exteriorizada expresión de los criterios y motivos que justifican la nueva ordenación.
Así pues, parece que en realidad la normalización, como propósito u objetivo de la de la aprobación o innovación del planeamiento, es admisible, si bien debe producirse en el marco de un proceso de ordenación de la ciudad más amplio, en el que resulte acreditado que la persecución del interés general es la finalidad primordial del nuevo planeamiento.
El hecho de que el planeamiento centre su atención en la realidad existente para procurar adecuarla a la legalidad es un objetivo legítimo en la medida en que responda o trate de satisfacer intereses generales.
El interés general demanda la normalización de las edificaciones irregulares, como fórmula para recuperar la seguridad jurídica de Marbella, en el ámbito urbanístico.
Marbella, 24 de noviembre de 2020
Pérez de Vargas Abogados