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Regímenes matrimoniales para parejas internacionales: nuevas reglas a aplicar desde enero de 2.019

20 septiembre 2019
Regimen Económico Matrimonial

La introducción de dos nuevos reglamentos del Consejo de Europa permitirá a las parejas internaciones elegir la normativa aplicable a sus relaciones patrimoniales.

Hoy día, cada vez más personas atraviesan las fronteras nacionales para instalarse en otro estado miembro, ya sea para trabajar, estudiar etc. Por ello, también son más comunes las parejas cuyos miembros son de diferentes nacionalidades o que residen en un país distinto al de origen.

Dichas parejas internacionales deben gestionar los bienes que poseen en común. Sin embargo, hasta ahora no existía un marco jurídico que proporcionara cierta seguridad en este ámbito.

El pasado 29 de enero entraron en vigor dos reglamentos del Consejo de Europa (2016/1103 y 2016/1104) que establecen una cooperación reforzada en materia de regímenes económicos matrimoniales y efectos patrimoniales de las uniones registradas.

La mayor novedad introducida por estos dos reglamentos, es la posibilidad de que las parejas elijan las reglas que regirán sus relaciones patrimoniales, más allá de la ley de su nacionalidad, aunque no sea la de un estado miembro de la Unión Europea. Ahora bien, debe tratarse de la ley del Estado en que al menos uno de los cónyuges/miembros de la pareja tenga su residencia habitual, o la ley del Estado de la nacionalidad de cualquiera de ellos. También pueden optar, en el caso de las uniones registradas, por la ley del Estado conforme a cuya ley se haya creado la unión.

De esta forma, una pareja francesa residente en España podría elegir la Ley Española para regular su régimen económico matrimonial.

Así, con estos dos reglamentos, se intenta establecer un marco jurídico uniforme y más claro para resolver los problemas que suelen surgir entre las parejas internacionales en cuanto a sus relaciones patrimoniales.

Como consecuencia de la introducción de esta normativa, adquiere mayor importancia la labor de asesores y Notarios, los cuales tienen el deber de asesorar a los miembros de la pareja en la elección de la ley que les sea más conveniente.

Nota.- Artículo publicado el pasado día 18 de septiembre en el diario EuroWeekly.

Escrito por

Rocío

Ledesma Ribot

tel-blue [email protected]

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Pérez de Vargas
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